ANA reconoce apenas 69,27 % de avance en sus acciones estratégicas, nueve indicadores en zona roja y serias deficiencias en fiscalización, recursos hídricos, recaudación y gestión del riesgo. La reorganización plantea crear Unidades Técnicas de Cuenca (UTC), pero deja una pregunta en el aire: ¿acercará la autoridad al agricultor o terminará desplazando a las organizaciones que hoy administran y cobran por el agua?
La reorganización de la Autoridad Nacional del Agua, dispuesta mediante el Decreto Supremo N.° 009-2026-MIDAGRI, pone sobre la mesa una realidad que difícilmente puede pasar desapercibida para los agricultores y las organizaciones de usuarios de agua: la propia ANA reconoce importantes problemas en su capacidad institucional para cumplir adecuadamente sus funciones como ente rector del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos.
El documento oficial revela que al primer semestre de 2026 el avance promedio de las Acciones Estratégicas Institucionales apenas alcanza el 69,27 %, mientras que nueve acciones se encuentran en “zona roja”, es decir, por debajo del 75 % de avance.
¿Dónde están los principales problemas?
La propia norma identifica dificultades en la recaudación de las retribuciones económicas, deficiencias en la capacitación del personal, problemas en los estudios integrados de evaluación de los recursos hídricos, debilidades en los instrumentos de gestión del riesgo de desastres, deficiencias en la sistematización de los registros de recursos hídricos y dificultades en la fiscalización de vertimientos de agua residual tratada.
Pero el diagnóstico no termina allí.
El decreto también reconoce demoras, falta de predictibilidad en los procedimientos, insuficiente trazabilidad de expedientes, problemas de articulación entre la sede central y los órganos desconcentrados y una limitada capacidad operativa territorial.
Es decir, estamos hablando de una autoridad que no solamente dicta las reglas del agua. La ANA es el ente rector y técnico-normativo del sistema y tiene además funciones que impactan directamente sobre las organizaciones de usuarios de agua.
Y aquí aparece la gran pregunta para los agricultores:
¿ESTAMOS ANTE EL PRINCIPIO DEL FIN DE LAS OUA?
No porque el Decreto Supremo N.° 009-2026-MIDAGRI ordene su desaparición. No lo hace.
Pero sí porque plantea una transformación profunda de la estructura territorial mediante la cual el Estado administra, supervisa y fiscaliza el recurso hídrico.
El artículo 6 ordena evaluar la transformación de las Administraciones Locales de Agua, las conocidas ALA, en Unidades Técnicas de Cuenca, UTC, y plantea además evaluar el redimensionamiento, reconversión o, de corresponder, la eliminación gradual de las Autoridades Administrativas del Agua, AAA.
Y aquí es donde el debate se vuelve particularmente sensible para las juntas de usuarios y las comisiones de regantes.
Porque en el campo existe una realidad que ninguna reorganización administrativa puede desconocer:

las organizaciones de usuarios están en el territorio.
Son las juntas y sus organizaciones integrantes las que participan en la operación y administración del agua dentro de sus ámbitos, mientras los agricultores pagan por el servicio y las tarifas correspondientes.
Entonces aparece una contradicción que merece ser discutida.
La ANA reconoce que tiene limitada capacidad operativa territorial.
La solución propuesta apunta a fortalecer el enfoque de cuenca y evaluar la creación de Unidades Técnicas de Cuenca.
En teoría, esto podría significar una ANA más cercana al territorio.
Pero la pregunta es inevitable:
¿Las UTC realmente acercarán la autoridad a las juntas, comisiones y agricultores, o terminarán sustituyendo progresivamente funciones que hoy se desarrollan mediante las organizaciones de usuarios?
Porque si el objetivo es acercar la gestión del agua al territorio, las nuevas UTC deberían convertirse en verdaderas unidades técnicas capaces de atender oportunamente al agricultor, resolver expedientes, fiscalizar, acompañar técnicamente y coordinar con las organizaciones.
No deberían convertirse simplemente en una nueva capa burocrática con otro nombre.
El propio decreto ordena como uno de sus ejes obligatorios la gestión integrada de los recursos hídricos con enfoque de cuenca, pero también incluye la simplificación administrativa, la transformación digital, la integridad, la profesionalización y, de manera expresa, la participación y gobernanza del agua.
Ese último punto será determinante.
Porque una reorganización de la ANA no puede analizarse solamente desde los escritorios de Lima.
Tiene que mirarse desde las bocatomas, los canales, las juntas, las comisiones de regantes y las parcelas donde finalmente llega el agua.
UNA ANA QUE FISCALIZA A LAS OUA TAMBIÉN DEBE SER EFICIENTE
Hay otro aspecto que no puede perderse de vista.
La ANA tiene competencias de supervisión y fiscalización dentro del sistema hídrico. Por eso, cuando la propia institución reconoce problemas en fiscalización, registros, recaudación, capacitación y gestión del riesgo, la discusión deja de ser exclusivamente administrativa.
Se convierte en una discusión sobre quién controla a quién y con qué capacidad.
Porque no se puede exigir eficiencia a las organizaciones de usuarios si la propia autoridad que las supervisa reconoce importantes brechas institucionales.
La reorganización plantea precisamente medidas para corregir esas deficiencias: inventario único de expedientes, priorización por antigüedad, riesgo e impacto, trazabilidad digital, estándares de atención, alertas para expedientes críticos, controles de integridad, tablero público de resultados y fortalecimiento de los órganos desconcentrados.
LA GRAN PRUEBA SERÁ EL CAMPO
El Gobierno ha puesto plazos concretos.
En 10 días hábiles, la Jefatura de la ANA debe aprobar el Plan de Implementación de la Reorganización.
En 60 días hábiles, debe remitirse al MIDAGRI el expediente que sustente el nuevo Reglamento de Organización y Funciones o su modificación.
Y en un máximo de 120 días hábiles, MIDAGRI deberá evaluar el cumplimiento de la reorganización y proponer medidas adicionales a la Presidencia del Consejo de Ministros.
Por eso, el verdadero examen no estará en el papel.
Estará en saber si el agricultor consigue una respuesta más rápida.
Si una junta de usuarios obtiene atención oportuna.
Si una comisión de regantes puede resolver sus problemas.
Si los expedientes dejan de dormir meses o años en alguna oficina.
Si la fiscalización funciona.
Si los registros son confiables.
Si se mejora la gestión del agua.
Y, sobre todo, si las nuevas Unidades Técnicas de Cuenca consiguen acercar al Estado al agricultor sin debilitar la participación de quienes históricamente administran el agua en el territorio.
Porque la reorganización de la ANA puede ser una oportunidad para modernizar la gestión del agua.
Pero también abre una discusión que las organizaciones de usuarios no deberían dejar pasar:
¿se está fortaleciendo la gobernanza del agua con los agricultores o se está construyendo una nueva estructura estatal que, poco a poco, podría terminar desplazándolos?
La respuesta todavía no está escrita.
Y precisamente por eso, las juntas de usuarios, las comisiones de regantes y los agricultores tienen que mirar con lupa esta reorganización.
Agricultura en Marcha seguirá el proceso. Porque cuando se reorganiza la autoridad que controla el agua, el agricultor tiene derecho a saber qué está cambiando y, sobre todo, quién tendrá finalmente la última palabra sobre el agua que llega a su parcela.
Finalmente que posicion manejan los presidentes de las Juntas de Usuarios IRCHIM, SANTA, NEPEÑA, CASMA y HUARMEY por lo menos en la region Ancash, o pasaran a la historia como los ultimos dirigentes de las aun Juntas de Usuarios o se abre la aplicacion de parte de la ley 31801 sobre la concesion del recurso agua en su manejo ¿? .

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