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¡NO FALTABA MAS! Es un genial Fintero

Nuestra variopinta fauna política regional, cada cuatro años nos regala con consabidas decepcionantes realidades e inesperadas sorpresas. Y esta última no podía ser la excepción, con sus propias y peculiares características, pues tenemos en el balcón al Gobernador Regional de Ancash CPC Certificado Fabián Koki Noriega Brito. Nuestro personaje, simpático, galante, seductor, coqueto gobernador, acude, recorre distintas ciudades de nuestra región, apremiados por sus necesidades postergadas por las anteriores gestiones, presto, grabando selfies acá, allí y donde lo requieran, sin hacerse paltas, ofreciendo solución a todo y a todos, repartiendo su mejor sonrisa al mejor estilo de nuestros abuelos con el invariable calmante: ¡tome Mejoral o un Anazin!, calmante del dolor de cabeza del sufrido pueblo y su cuota de gran fintero, saca la vuelta y termina admirado y aplaudido a rabiar. Resulta así genial que no reciba ningún reproche de los angustiados, necesitados pobladores, y menos de sus enemigos políticos, quienes, al parecer, también empiezan a admirarlo. Pues, de otra manera no podemos explicar, cómo es que el nuevo gobernador, luego de haber asumido al cargo y pasado el tiempo prudencial no ha dado cuenta a sus electores y a la sociedad civil del estado situacional de la región; en qué condiciones recibió y encontró la administración regional luego del paso del inepto Henry Borja Cruzado. Y, lo que causa extrañeza, por llamarlo de alguna manera, es el desdén y el desenfado con el que se ha sentado en el sillón de la gobernación, en un manifiesto gesto de soberbia y altivez, sin un discurso oficial de la hoja de ruta que se esperaba saber sobre el desarrollo regional. Precisamente, es por este gesto poco decoroso del gobernador, el emblemático Diario de Chimbote, tercamente, infructuoso, insiste, reclama, porfía, araña un pronunciamiento, pero no encuentra respuesta, por lo que recordamos que con fecha 07.11.22, premonitoriamente le dedicó un titular: Silencio Post Electoral, rememorando el infeliz tránsito por la gobernación regional de sus predecesores, quienes están vacacionando forzadamente, y naturalmente poner en el tapete una vez más el P.E. Chinecas, recordándole a don Koki Noriega su promesa, con tufillo a manida promesa política: “…Chinecas se hace sí o sí y que su equipo de funcionarios de confianza estará conformado por los mejores profesionales de la región, sin importar el aspecto político…”. Como era de esperarse, el silencio fantasmal que envuelve al gobierno regional, sin que conozcamos a los “mejores profesionales de la región”, ha dado lugar, una vez más, que el aludido Diario de Chimbote nos sorprenda con nuevos titulares, todos ellos relacionados con nuestro emblemático P.E. Chinecas, tales como: Chinecas, solo queda volver a empezar (17.11.2022); ¡Albricias! Despertó Chinecas (15.11.2022); Convenio Ancash – La Libertad: Pacto a escondidas (14.01.2023); Aguas del Río Santa: Todo parece estar Liberteñamente Calculado (11.01.2023); Chinecas: El Paraíso Perdido 18.01.2023); Chinecas: Tierra de Todos (20.01.2023); Ironías de la Vida: Chinecas, el Proyecto del Hortelano (10.02.2023); Tras 35 Años Perdidos: Chinecas: ¿Llegó la Hora de la Rectificación? (15.02.2023); Gestión Regional: Mal Comienzo (28.02.2023); Gobierno Regional: También sin Equipo (01.03.2023). Estas editoriales, muy acertadas y controversiales, por cierto, no han merecido comentario o reclamo alguno de las autoridades involucradas en los comentarios; tampoco han llamado la atención de las autoridades públicas e instituciones privadas; si bien, las autoridades públicas como el municipio provincial callan convenientemente, los Colegios profesionales siguen la misma tonada, por lo que la provincia del Santa y su soñado proyecto parecieran estar envueltos en un silencio sepulcral, como si estuviésemos rodeados de cadáveres insepultos, cuya cuota es solamente su presencia innecesaria. La indiferencia social es patética y endémica. Acabamos de sufrir un desastre por las recientes lluvias, y silenciosamente estamos restañando los daños sufridos, sin atrevernos a preguntar en voz alta si las autoridades están en la obligación de elaborar planes de prevención y contingencia para este tipo de eventos naturales.

Con suma tranquilidad hemos quedado como perro apaleado, lamiendo, entre gimoteos nuestras heridas.

Cuando leímos “Despertó Chinecas”, saludamos la decisión de la procuraduría de la región por el retiro de puentes, sifones y motobombas instalados por nuevos invasores, con la desazón de que estos actos ya eran demasiado tardíos, selectivos, por la cantidad de invasores privilegiados instalados a lo largo de todo el proyecto. Decimos privilegiados, porque en el proyecto existen invasores que conducen ¡cientos de hectáreas!¡es escalofriante, de terror! Y confirmado por su actual gerente general, al que el gobernador le pidió su renuncia y con el que a la fecha caminan de la mano, quien en una entrevista pública confirmó que agroindustrias San Jacinto del grupo Gloria tiene invadidos ¡1,500 hectáreas! y la procuraduría regional hizo mutis, no se dio por enterada. Y, si esto ocurrió, y ha sido confirmado por un funcionario de carrera del proyecto en el área de OPEMAN (operación y mantenimiento), entonces es fácil deducir que tenía pleno conocimiento del latrocinio de San Jacinto y no lo denunció, y al parecer tampoco puso en conocimiento del directorio del proyecto para que inicie las acciones legales pertinentes, y todos callaron en silencio cómplice, así como de otras invasiones de grado mayor. Por hechos y circunstancias como lo descrito, es que dudamos de la seriedad del gobernador, porque hasta la
fecha no ha dicho a la población civil y al sector agrario el estado situacional del proyecto, al contrario, ha nombrado como su asesor personal a uno de sus partidarios políticos que no es un profesional calificado, conforme ofreció, sino que lo único de particular tiene es ser invasor de 40 hectáreas en el P.E. Chinecas, y como tal naturalmente uña y mugre con los demás invasores denominados “posesionarios”; por esta razón, intuimos, que gracias al asesor los representantes de estos señores “posesionarios” fueron recibidos en la sede regional de Huaraz por nuestro joven gobernador, y de cuyo encuentro se dio cuenta en una nota informativa, incluido la fotografía, donde orondos manifestaron que son ellos los que hacen grandes cosas en el proyecto. Y, a propósito de estos señores, que ya no son los que deben ser por haber transcurrido más de 35 años de su presencia, disfrutando de las tierras sin pago alguno, sin ganas de formalizarse, amenazando pagar por las tierras y el agua que consumen, hasta la fecha siguen con la monserga de estar legitimados legalmente, frente a la dudosa permisibilidad del proyecto que han dado en hacerse de la vista gorda y nos pone frente a la sospecha de componenda y corrupción.

Si como dicen los invasores “posesionarios” están protegidos legalmente, convenimos que en efecto hay leyes dictados en su momento que les favorecían, más, sería importante someterlos a un breve análisis y verificar si realmente les siguen beneficiando a los invasores “posesionarios”. A saber: el 17.12.2002 se publica la LEY N° 27887 sobre “Venta de Tierras Habilitadas de los Proyectos Especiales” con el que se autoriza a PROINVERSIÓN, estableciendo en el ART. 1.- Adjudicar en compra – venta a través de sorteo público hasta el 30% del total del P.E. hasta 5 Has, tierras habilitadas o eriazas. Se dispone en el ART. 4.- Orden de Prioridades: a) campesinos y/o pequeños agricultores individuales, afectados por desastres naturales y/o por la ejecución de las obras del P.E. En la Segunda Disposición Complementaria Final, precisa: “(…) a partir de la vigencia de la presente ley, serán adjudicados mediante compra – venta, previa calificación de los postulantes por parte del Ministerio de Agricultura. (…) por única vez, aquellas tierras en posesión al 28 de julio del 2001, por un año, podrán ser dadas en propiedad, teniendo como plazo 30 días para inscribirse (…): agrega en el ART. 5.- Facilidades de Pago: 8 años, con 2 años de gracia. Luego, con fecha 25.07.2003 se publica la LEY N° 28042, ley que “Amplía los Alcances de la LEY N° 27887, donde se precisa en su ART. 1.- Objeto de la Ley. – 1.1: Facúltese por única vez a los P.E. para que rocedan a adjudicar de manera directa, hasta 5 Has, que al 28.07.2001 haya estado en posesión de los agricultores, de manera permanente en actividades agropecuarias. Posteriormente, con fecha 21.07.2006, se expide la LEY N° 28841 “Ley que modifica la LEY N° 28042 que amplía los alcances de la LEY N° 27887”, disponiendo en su ART. 1.- Modifícase el numeral 1.1 del Art. 1 de la Ley N° 28042: “… Déjase sin efecto el plazo mínimo de un año establecido en la Ley N° 28042…”, continúa: 1.3.- (…) adjudicar tierras eriazas (5 Has) a favor de los agricultores. A continuación, con fecha 19.11.2009, se publica la LEY N° 29449 “Ley que declara la Ejecución prioritaria del P.E. Chinecas”. En esta norma, ART. 6.- Declaración de Intangibilidad. “Declárese la intangibilidad de los terrenos que conforman el área física del P.E. Chinecas. Del mismo modo, en se dispone en el Art. 7.- Derogatoria de Normas. “…Deróganse las normas que se oponen a la presente ley, la misma que tiene carácter de norma de orden público, dejando a salvo los derechos de los posesionarios, establecidos en las leyes núms. 27887, 28042, 28841…”. Y continuando la inútil protección de los invasores “posesionarios, se expidió con fecha 23.01.2018 la LEY N° 30725 “Ley que declara la Ejecución Prioritaria del P.E. Chinecas”, donde, en la Segunda Disposición Complementaria Final: Diagnóstico Técnico – Legal de las Tierras, establece: “…El Consejo Directivo del P.E. Chinecas dispone la elaboración de un diagnóstico técnico – legal de las tierras que están dentro del ámbito geográfico del P.E. Chinecas y propone las acciones para el saneamiento físico – legal dentro del marco legal comprendido en la Ley 27887, ley que establece disposiciones para la venta de tierras habilitadas por los proyectos especiales hidroenergéticos, y de irrigación del país, ejecutados con fondos del tesoro público y/o cooperación internacional; la Ley 28242, ley que amplía los alcances de la ley 27887; ley 28841, ley que modifica la ley 28042 que amplía los alcances de la ley 27887; sus reglamentos y sus normas complementarias, en un plazo que vence el 31 de diciembre de 2018…” .

Como hemos podido advertir, los invasores “posesionarios”, desde el 17 de diciembre de 2002, fecha en que se promulgó la Ley N° 27887, han venido siendo protegidos con otras leyes, y en ese lapso, esto es, ¡21 años! a la fecha, jamás los “posesionarios” han mostrado vocación o voluntad para formalizarse en la conducción de sus parcelas de 5 Has. no obstante las facilidades que les otorgaba la ley, como el pago en 8 años, y con dos años de gracia, entre otros. A esta circunstancia hay que añadir la infeliz obsecuencia burocrática del directorio del P.E. Chinecas, que tampoco ayudó al proceso de formalización, de tal modo que hasta la fecha no termina el empadronamiento de los invasores “posesionarios”, y si alguna vez hubo empadronamiento ¡nadie lo conoce!, nunca se hizo público de quiénes y cuántos eran, dando lugar así al tráfico de tierras, donde un gran porcentaje de servidores del proyecto tienen su parcela, lo que sería una de las razones por el que sistemáticamente se postergan los empadronamientos. Estando así las cosas, pareciera que la formalización de los invasores “posesionarios” tiende a eternizarse, ¡error!, ¡los tiempos se acabaron!, es tiempo y oportunidad que el novísimo gobernador, el Consejo Regional y el Directorio del P.E. Chinecas empiecen a poner orden en el proyecto, y para ello deberá ponerse fin a la letanía de los invasores “posesionarios” de “querer formalizarse” porque sus leyes protectoras ya se agotaron en el tiempo. En efecto, conforme a lo señalado anteriormente las leyes protectoras fueron ampliando los plazos para la formalización, pero no fue acatado por los beneficiarios, esperando que el proyecto lo haga por ellos y ¡zas! pasaron 21 años; pero, al expedirse la LEY N° 30725, se dispuso en la Segunda Disposición Complementaria final, que debería hacerse el diagnóstico técnico – legal de las tierras, para implementar las leyes 27887, 28042, 28841 y sus reglamentos en el plazo que vencía el 31 de diciembre de 2018. ¡Y no lo cumplieron! Al haberse vencido el plazo perentorio, señalado en la ley especial, el derecho otorgado con las diferentes leyes ¡han caducado! En efecto, el incidente que señalamos está regulado por el ART. 2003 del Código Civil, que nos dice: La caducidad extingue el derecho y la acción correspondiente. Nos dice el ART 4.- Principio de legalidad en los plazos de caducidad. “Los plazos de caducidad los fija la ley, sin admitir pacto en contrario”.

Como podemos ver, la ley fijó como fecha límite el 31 de diciembre de 2018 para proponer el saneamiento físico – legal de las tierras del proyecto, dentro del marco legal comprendido en la Ley 27887, esto es la venta de tierras habilitadas en el proyecto especial, sin embargo, no se cumplió con el propósito de las leyes por la inactividad de los interesados. Bajo las circunstancias expuestas, también tenemos que la caducidad no solo extingue el derecho y la acción, sino también extingue las normas reglamentarias porque siguen el destino de la ley, teniendo en cuenta que ésta tiene carácter imperativo por las consideraciones de orden público. Es por esta razón que los plazos otorgados el 21.3.2018 con Resolución Ministerial N° 0124-2018- MINAGRI, de 90 días hábiles, que tampoco se cumplió; y el plazo otorgado con fecha 22.09.2022 con Resolución Ministerial N° 0386-2022-MIDAGRI, de 300 días hábiles, siguen la suerte de la ley y como tal ya no se puede aplicar por estar inmerso en los extremos de la caducidad.

De lo expuesto podemos colegir, que el gobernador regional tiene al frente un afanoso reto legal frente a los invasores “posesionarios”, quienes durante 37 años vienen usufructuando las tierras y el agua del proyecto sin costo alguno, y esta renuencia se materializa en el hecho de no haber acatado las leyes dictadas a su favor hace 21 años, por lo que la caducidad es un acto intransigible de entera responsabilidad del directorio del proyecto, del Consejo Regional y del propio gobernador, y para ello debe disponer una reingeniería de todo el aparato administrativo del proyecto, nombrando un Gerente General que de talla para el cargo, cuyo nombre es de pleno conocimiento del asesor principal del gobernador en el tema Chinecas, y prescindir del cargo de gerente general del que a la fecha ostenta el cargo, no obstante habérsele solicitado su renuncia, y quien está empeñado en ejecutar un “canal nuevo” de 40 Km. con una inversión de más de 460’000,000.00, habiendo para ello sub dividido el estudio del proyecto integral que constituye la ejecución del P.E. Chinecas con Bocatoma Única Compartida en cumplimiento de la LEY N° 31345. Y, acto seguido, a fin de concluir el permanente estado de inseguridad jurídica en las relaciones jurídicas con los invasores “posesionarios” debe iniciarse la acción civil de reivindicación de las tierras del proyecto en ilegal conducción, acorde a lo regulado por la norma contenida en el ART. 923 del Código Civil, que precisa: “… La propiedad es el poder jurídico que permite usar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien (…)…”: esta norma es concordante con el ART. 927 del mismo cuerpo normativo, que dispone: “… La acción reivindicatoria es imprescriptible,. (…)…”. Esto quiere decir, que el gobierno regional, resuelto el tema de la caducidad, debe autorizar a la procuraduría de la región a iniciar la acción reivindicatoria de los terrenos invadidos del proyecto, en aras de la salud institucional.

Con fecha 14.01.2023, una vez más, el Diario de Chimbote nos sorprende con una editorial que debería haber causado una dura urticaria entre tirios y troyanos por la sensibilidad del tema.

Decía el titular: “Convenio Ancash – La Libertad: Pacto a escondidas”, pero antes, el 11.01.2023 ya nos había adelantado con otra editorial; “Aguas del Río Santa: Todo parece estar Liberteñamente calculado”, que tampoco mereció la atención de la comunidad Santeña. Pues bien, lo cierto es que, efectivamente, entre noviembre y diciembre de 2022, el Ex Gobernador Regional de la Libertad Manuel Felipe LLempen Coronel, el Ex Gobernador Regional de Ancash Henry Augusto Borja Ceruzado, y el Jefe de la Autoridad Nacional del Agua Hugo Eduardo Jara Facundo, suscribieron el “Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Ancash, el Gobierno Regional de la Libertad y la Autoridad Nacional del Agua”, en cuya Cláusula Cuarta: Del Objeto, se precisa “… En presente convenio tiene por objeto establecer los mecanismos de participación, coordinación, facilitación y colaboración entre las partes para desarrollar e implementar el proceso de conformación y creación del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional del Río Santa, con el propósito de participar en la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos de las respectivas unidades hidrográficas que conforman el sistema hídrico de la Autoridad Administrativa del Agua Huarmey – Chicama, en el marco de la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento…”. Como diría mi abuelita cuando el abuelo andaba de resbaloso ¡Uy curuju, me quieren sacar la vuelta! Y Así, en el numeral 1.5 de la Cláusula Primera: De los Antecedentes: Consejo de Cuenca interregional, dicen interpretando en Inc. 2) del ART. 24 de la LEY N° 29338 de Recursos Hídricos : “… (…) la cuenca del río Santa, es una unidad hidrográfica que ocupa territorios comunes en la jurisdicción de las regiones de Ancash y de la Libertad (mayoritariamente en la región Ancash) y por ende se trata de una cuenca hidrográfica birregional (…)…” Esta aseveración realmente es un vil contrabando a favor de los intereses de la región La libertad, el río Santa es una sola Unidad Hidrográfica, cuyo espacio geográfico íntegramente está delimitado en la región Ancash, originándose en la parte alta, recorriendo la parte media y desembocando en la parte baja hacia el mar en la provincia del Santa – Chimbote, por tanto, no existe, es falso de toda falsedad, que la cuenca hidrográfica del santa ocupe territorios comunes con la región Libertad. El río Santa en su recorrido NO se desvía a La Libertad y regresa a Ancash, sin embargo, la Autoridad Nacional del Agua (ANA) firmante del convenio, muy convenientemente y al parecer abierta componenda tripartita, en numeral 7.2.6 Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Huarmey – Chicama, Lámina 21: Ámbito del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Inerregional Huarmey – Chicama, de la Resolución Directoral N° 2002-2019-ANA-DPDRH de fecha 02.08.2019, la Región Ancash, está incluido como Consejo de Cuenca de Cuenca Interregional, en abierta infracción del Inc. 1) del ART. 24 de la LEY N° 29338 de Recursos Hídricos, que dispone: “…Consejo de Cuenca Regional, cuando el ámbito de la cuenca se localiza íntegramente dentro de un (1) gobierno Regional…” .

Esta norma, es taxativa, porque está limitado, reducido expresamente al sentido, en este caso, de un hecho, y como tal NO necesita, ni es factible de interpretación, por lo que el río Santa es una sola Unidad Hidrográfica dentro del territorio geográfico del gobierno regional de Áncash, y como tal somos y nos corresponde por imperio de le ley, ser declarados como Consejo de Cuenca Regional, y por ésta imperativa razón, el Convenio Específico de Cooperación Interregionl, entre el Gobierno Regional de Ancash, el Gobierno Regional de La Libertad y la Autoridad Nacional del Agua, es írrito y sin valor alguno porque se ha pactado contra la Ley. Y, para ponerle la cereza a la gran torta que se les antoja a los vecinos liberteños y a la ANA, damos cuenta, que para la creación de un Consejo de Cuenca, será el gobierno regional quien convoque a la ANA para las reuniones de coordinación, y así, el gobierno regional, con el apoyo de la ANA elaborará una agenda de trabajo, para preparar el Evento de Entrada para organizar talleres informativos y de sensibilización, con la participación de los usuarios y la población organizada de la cuenca, luego designar al Grupo Impulsor, elaborar el Plan de Trabajo del Grupo Impulsor, etc, etc. Todas estas pautas están previstas en la Resolución Jefatural N° 575-2010-ANA sobre los Lineamientos Generales para la Creación de los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca, y que, al suscribir el desavenido convenio entre gallos y medianoche, con curiosas cláusulas de Anticorrupción y Confidencialidad, olvidaron su detallado y sistemático lineamiento de creación de cuenca. Diría mi abuelita: lo que hicieron con la mano, lo borraron con el codo. ¡habrase visto! Al hacer este comentario, lo hacemos respondiendo al loable esfuerzo del Diario de Chimbote, para que las opiniones sobre el anhelado P.E. Chinecas, no caigan en saco roto, para que de una buena vez el colectivo social con todos sus estamentos sin excepción, los agricultores y todos y cada uno de los actores que tenemos que ver con el agua, exijamos a nuestra autoridad más cercana, que es el Gobierno Regional, resuelva el tema Chinecas y no nos quedemos con un decepcionante más de lo mismo; que el Consejo Regional cumpla con su rol fiscalizador y no terminen con alianzas partidarias internas exigiendo su parte, olvidando para qué están. ¡Necesitamos un cambio histórico! ¡No más maltratos! ¡La cuenca del río Santa es una Unidad Hidrográfica del Gobierno Regional de Ancash! ¡El río Santa no tiene territorios comunes con la Libertad!¡Que viva mi abuelita, que ya en paz descansa!

ingedgarcruz

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